Micelio
Auto28 de enero de 2026

A- de 2026

Ponente Miguel Efrain Polo Rosero

Demandante Julian David Rodriguez Mantilla·Demandado Consejo Seccional De La Judicatura

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entre el Tribunal Administrativo de Santander y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que la primera Corporación se apartó del conocimiento de la solicitud de amparo con sustento en reglas de reparto.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Administrativo de Santander para que, de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jurídico y la reiterada y vinculante jurisprudencia constitucional

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 20 de noviembre de 2025 por el Tribunal Administrativo de Santander, en el proceso de tutela promovido por el señor Julián David Rodríguez Mantilla contra el Consejo Superior de la Judicatura.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5233 al Tribunal Administrativo de Santander para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Tribunal Administrativo de Santander que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con base en las reglas de reparto, en tanto ello desconoce el ordenamiento jurídico y la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional.
  4. CUARTO. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte accionante, al Tribunal Administrativo de Santander y a la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.